jueves, 28 de julio de 2016

Consejos para viajar con menores, lo que debes saber sobre las sillitas infantiles

En el siguiente enlace podéis leer el reportaje que he escrito sobre consejos para viajar con menores y lo que debes de saber de los Sistemas de Retención Infantil:





Síndrome de cinturón de seguridad en menores y lesiones abdominales por no llevar SRI

SÍNDROME DEL CINTURÓN DE SEGURIDAD

El cinturón de seguridad está desarrollado y fabricado para personas que miden 150 cm, el Reglamento General de Circulación obliga a los menores de edad que midan menos de 135 cm a usar SRI aun así, la DGT aconseja el uso de SRI hasta que los menores alcancen la altura de 150 cm.

Hace unas semanas la Federación Estatal de Técnicos de Educación Vial FETEVI lanzaba una campaña para concienciar del uso de los Sistemas de Retención Infantil hasta una altura de 150 cm, particularmente os pedí que firmaseis una propuesta que se quiere hacer para modificar el artículo 117 de Reglamento General de Circulación para que los SRI sean obligatorios hasta una altura de 150 cm, en la actualidad es 135 cm. Sois muy pocos los que la habéis firmado y como una imagen vale más que mil palabras os subo una fotografía de una niña de 11 años que viajaba solamente con el cinturón de seguridad. 

A una estatura menor, la banda inferior del cinturón –que debe ir siempre colocada justo por debajo de las crestas ilíacas, es decir, sobre la pelvis o parte superior de las piernas– tiende a deslizarse hacia el abdomen; y la banda diagonal superior –que debe ir sobre tórax y centro del hombro– al quedar demasiado alta, no protege columna vertebral y pone en riesgo cuello, laringe y cara en caso de desaceleración brusca. El riesgo de padecer lesiones internas graves es 232 veces más elevado usando el cinturón de seguridad, que si el niño viaja en un SRI del Grupo 2/3. 


Presenta gran equimosis transversa y erosiones abdominales en la zona del cinturón de seguridad (fig. 1). Requiere cirugía urgente por traumatismo abdominal grave con hemoperitoneo debido a lesión de víscera hueca (desgarro de la base del mesenterio del íleon y necrosis de colon ascendente) y lesión vascular (lesión arteria mesentérica inferior). Se demuestra paraplejía y ausencia de reflejos osteotendinosos (ROT) en extremidades inferiores (EEII), manteniendo Glasgow correcto y con tomografía computarizada (TC) craneal al ingreso normal. Se practica resonancia magnética (RM) que muestra fractura vertebral de L3, lesión medular a nivel de cono y epicono y contusión a nivel D6-D8. La paciente se encuentra actualmente en su domicilio afectada de paraplejía.

Fuente: Estudio de la Unidad de Cuidados Intensivos Pediátricos. Unidad Integrada Sant Joan de Déu-Clínic. Universidad de Barcelona

Os pido que firméis porque se pueden salvar algunas vidas y evitar lesiones permanentes en los menores.
AUTOR: RICARDO ALEMÁN


lunes, 25 de julio de 2016

Taxis de Roquetas de Mar equipados con Sistemas de Retención Infantil gracias a Kiddy

Roquetas de Mar Educación Vial es un proyecto para mejorar la Educación y la Seguridad Vial de los colectivos más vulnerables. Hoy, gracias a mi mediación, la marca Kiddy ha donado otro Sistema de Retención Infantil para la Asociación de Taxistas de Roquetas de Mar. Además, estoy realizando charlas en las paradas de Taxis para explicar su correcto uso. En Roquetas de Mar los menores que viajan en Taxi van seguros gracias a Kiddy.


Con este Sistema de Retención Infantil ya son cinco los donados por KIDDY a la Asociación de Taxistas de Roquetas de Mar. Es una silla del Grupo 1/2/3 (de 9 a 36 kilos), regulable en anchura, profundidad y altura (hasta 150 cm de altura del niñ@ que es lo que recomienda la Dirección General de Tráfico). Cuenta con conectores Isofix, protecciones de alta absorción de impactos en cabecero y partes laterales de la silla (cuya finalidad es proteger la cabeza, el cuello, la cara, la cadera y los hombros de los menores), funda de color verde y lavable, escudo protector para los más pequeños...silla cuyo valor aproximado es de 350 €.


  
AUTOR. Ricardo Alemán.

martes, 12 de julio de 2016

SILLAS INFANTILES OBLIGATORIAS PARA MENORES QUE MIDAN MENOS DE 150 CM

SISTEMAS DE RETENCIÓN INFANTIL (SRI) OBLIGATORIOS HASTA 150 CENTÍMETROS 

Desde FETEVI, la Federación Estatal de Técnicos de Educación Vial, solicitamos la modificación artículo 117 del Reglamento General de Circulación y que se establezca la estatura igual o inferior a 150 centímetros para usar sistema de retención infantil (SRI).

Desde el 1 de octubre de 2015, en aplicación del Real Decreto 667/2015, de 17 de julio (http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2015-8047 por el que se modificó el Reglamento General de Circulación, los menores de 18 años que no superen los 135 cm de altura deben ocupar obligatoriamente los asientos traseros del automóvil, además de utilizar un dispositivo de retención homologado para su talla y peso. Uno de los objetivos era imponer que los menores que no alcancen esta estatura ocupen siempre los asientos traseros del vehículo, en los que la posibilidad de sufrir lesiones en caso de siniestro es considerablemente menor que al ocupar los asientos delanteros.

Pese a que el artículo 117 Reglamente General de Circulación (http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2015-8047 establece la estatura igual o inferior a 135 centímetros para utilizar sistemas de retención infantil (SRI), la propia Dirección General de Tráfico afirma que hasta los 150 centímetros es recomendable que los menores sigan utilizando SRI homologados a su talla y peso. Es más, en su guía “Cinturón de seguridad. Sistemas de retención infantil” (http://www.dgt.es/PEVI/documentos/catalogo_recursos/didacticos/did_adultas/cinturon_seguridad.pdf aunque elaborada anteriormente al cambio de normativa, la DGT, entre otras cuestiones, señala: “No es recomendable de un niño utilice un cinturón de adulto”.

La recomendación de la Dirección General de Tráfico se justifica en que, según normativa ECE R16, los cinturones de seguridad de los vehículos están diseñados para pasajeros a partir de 150 centímetros. De hecho, la norma exige que el fabricante del vehículo mencione en su manual de instrucciones qué medidas de protección deben de emplearse en cada asiento si los pasajeros no alcanzan esta estatura. Aunque resulte evidente que llevar prematuramente cinturón de seguridad de adulto, es mejor que no llevar ninguna sujeción, el propio cinturón puede ser causa de lesiones graves, que hubieran podido ser inexistentes en caso de haber usado un SRI adecuado a su estatura.

A una estatura menor, la banda inferior del cinturón –que debe ir siempre colocada justo por debajo de las crestas ilíacas, es decir, sobre la pelvis o parte superior de las piernas– tiende a deslizarse hacia el abdomen; y la banda diagonal superior –que debe ir sobre tórax y centro del hombro– al quedar demasiado alta, no protege columna vertebral y pone en riesgo cuello, laringe y cara en caso de desaceleración brusca. El riesgo de padecer lesiones internas graves es 232 veces más elevado usando el cinturón de seguridad convencional, que si el niño viaja en un SRI del grupo II-III*.
Esto explica que aunque la incidencia del “síndrome del cinturón de seguridad” (seat-belt syndrome) –que en su día se asoció a fracturas vertebrales y graves traumatismos intra-abdominales por el uso de cinturones de 2 puntos– haya ido reduciéndose en personas adultas desde que se usan cinturones de 3 puntos, su prevalencia siga igual en personas de talla baja, personas obesas y niños de entre 5 y 11 años*.

Si bien es cierto que dentro de la Estrategia de Seguridad Vial 2011-2020, se marcó el objetivo de 0 niños fallecidos sin sistema de retención infantil, no menos cierto es que también se propuso reducir el número de heridos graves, dando respuesta a las consecuencias que sufren aquellos que, sin perder la vida, resulten heridos graves y vean sus condiciones de vida afectadas por un siniestro vial. Es por ello que desde FETEVI, la Federación Estatal de Técnicos de Educación Vial, solicitamos la modificación artículo 117 del Reglamento General de Circulación y, como recomienda la propia Dirección General de Tráfico, se establezca la estatura igual o inferior a 150 centímetros para usar sistema de retención infantil (SRI).

Firma aquí: