jueves, 15 de junio de 2017

¿Un cuadriciclo a pedales es un ciclo? ¿Puede un cuadriciclo a pedales circular por un carril-bici?

Según el Reglamento General de Vehículos un ciclo es un vehículo de dos ruedas por lo menos, accionado por el esfuerzo muscular de las personas que lo ocupan, en particular mediante pedales o manivelas. Entonces un cuadriciclo a pedales es un ciclo de cuatro ruedas accionado por el esfuerzo muscular de las personas que lo ocupan mediante pedales.


Si la señal que regula dicho carril bici es la R-407 a es una vía reservada para ciclos o vía ciclista, que obliga a los conductores de ciclos a circular por la vía a cuya entrada esté situada y prohíbe a los demás usuarios de la vía de utilizarla. 



Según la Instrucción 16/V-124 de la DGT Los Vehículos de Movilidad Personal y ciclos de más de dos ruedas que estén destinados a realizar actividades económicas de tipo turístico o de ocio deberán obtener previamente una autorización de la Autoridad Municipal en la que figurará, en todo caso, el recorrido a realizar, horario y cuantas limitaciones se establezcan para garantizar la seguridad de los usuarios de la vía. La Autoridad municipal recabará los informes vinculantes que considere oportunos. 

http://www.dgt.es/Galerias/seguridad-vial/normativa-legislacion/otras-normas/modificaciones/2016/Instr_16_V_124_Vehiculos_Movilidad_Personal.pdf


RESUMIENDOLas bicicletas y ciclos particulares SI pueden circular por el carril bici. Los VMP y ciclos de más de dos ruedas destinados a realizar actividades económicas de tipo turístico o de ocio NO pueden circular por el carril bici, ni por ningún otro lugar a no ser que haya autorización municipal.




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