La bicicleta es un vehículo
que aporta muchas ventajas a la movilidad urbana (no contamina, a la hora de
estacionar no ocupa mucho espacio como lo hace un coche, es cardiosaludable mejorando la salud de quienes se desplazan en ella…)
Cada vez más ciudades apuestan por su uso haciendo infraestructuras para éstas;
carriles bici, ciclo calles, aparca bicis…Los ciclistas son uno de los
colectivos vulnerables y en muchas ocasiones hacen uso de zonas peatonales por
temor a ser arrollados por algún vehículo a motor. En algunas ocasiones estas
conductas están generando situaciones de malestar y enfrentamientos con los
peatones, que recordemos que también pertenecen a otro de los grupos vulnerables. En la fotografía de abajo vemos un ejemplo, el peatón se ve obligado a cruzar fuera del paso de cebra porque está ocupado por un grupo de ciclista que cruza por éste.
Infracciones por cruzar un
paso de peatones circulando en bicicleta:
Artículo 3. Conductores
Artículo 3. Apartado1. Opción 5B
Conducir
de forma negligente creando una situación de riesgo o peligro para sí mismo, los
demás usuarios del vehículo o el resto de usuarios de la vía. Multa de 200 Euros.
Artículo 121. Circulación por
zonas peatonales
121. 5. 5A Circular
con el vehículo por una zona peatonal o sobre la acera. Multa de 200 Euros.
Ambas son infracciones al Reglamento
General de Circulación, con una calificación de Graves y cuyo importe es de 200
euros para cada una de ellas.