miércoles, 31 de octubre de 2012

LOS PROBLEMAS DE VISIÓN POR LA NOCHE GENERAN INSEGURIDAD

Según un estudio publicado por el Real Automóvil Club de España (RACE) y la Fundación Alain Afflelou, los problemas de visión por la noche generan inseguridad en el 43 por ciento de los conductores.
  
El estudio se publica coincidiendo con el reciente cambio de horario de verano al horario de invierno. Se explica que la mortalidad de los accidentes ocurridos durante las horas nocturnas aumenta de un 33 por ciento a un 55 por ciento respecto al conjunto del día.
El 32 por ciento de los conductores diagnosticados por problemas de visión manifiestan «serias dificultades visuales» que se acentúan durante la conducción nocturna. Esto se puede traducir en una mayor sensibilidad al deslumbramiento por las luces de otros vehículos, visión borrosa, disminución del contraste e «incluso impedir la visibilidad concreta».


De este modo, enfermedades oculares como las cataratas o el glaucoma pueden agravar los síntomas que la pérdida de luz produce en la visión del conductor. Además, algunos conductores padecen "miopía nocturna" que, a pesar de no manifestarse durante el día, produce pérdidas de nitidez en la visión durante la noche.


Por todo ello, las entidades promotoras del estudio han lanzado la campaña 'Cuida tus ojos, ellos también conducen' con el objetivo de concienciar de la importancia de una "buena salud visual" principalmente mediante la prevención y revisión de enfermedades oculares.
Por otra parte, recomiendan realizar revisiones periódicas de la capacidad visual una vez al año, sin necesidad de esperar a tener que renovar el permiso de conducir y el uso de gafas antirreflejantes para aquellos que tienen problemas de visión diagnosticados y mantener limpios los cristales de las mismas.
FUENTE: EUROPA PRESS

martes, 30 de octubre de 2012

CAUSAS DE LOS ACCIDENTES DE TRÁFICO Y MATRIZ DE HADDON

El Accidente de Circulación ha de entenderse como el resultado de un proceso compuesto por una cadena casual de eventos, condicionantes y conductas que preceden al accidente y que evolucionan en el tiempo y en el espacio. Es el  resultado de una concurrencia de muchos factores a tener en cuenta. De ahí, la necesidad e importancia en definir la participación de cada uno de los factores determinantes dentro de la compleja red de interacciones entre el conductor, el vehículo y la vía con sus circunstancias ambientales.


La Agencia del Departamento de Transportes National Highway Traffic Safety Administration (NHTSA), dependiente del gobierno de los Estados Unidos, llegó a la conclusión, tras una investigación llevada a cabo durante más de cinco años sobre unos 5.000 accidentes de circulación, que entre los factores causantes de los accidentes con ocasión del tráfico, el factor humano se encontraba implicado entre el 93 y 71% de los casos, el diseño de las vías con sus factores ambientales (trazados en obras, señalización deficiente, niebla, lluvia, oscuridad, etcétera) entre el 34 y 12% y las causas debidas al vehículo (mal estado de: frenos, neumáticos, suspensión, etcétera), entre el 13 y el 4,5%.

Hay que diferenciar entre las causas directas o inmediatas y causas indirectas o mediatas:

  • Causas indirectas o mediatas aquellas que por si mismas no dan lugar al accidente pero conducen a él o coadyuvan a su materialización. Las causas indirectas o mediatas son aquellos estados o acciones que disminuyen las capacidades de respuesta del sistema-vehículo-vía-hombre, las causas mediatas en si mismas normalmente no darán lugar al accidente.
  • Causas directas o inmediatas, aquellas que se definen como las conductas o sucesos que preceden inmediatamente al accidente y se consideran como responsables o causa del desencadenamiento efectivo del siniestro.
La LEY ORGÁNICA 2/86 DEL 13 DE MARZO, DE FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD en su Art. 53. Dice que los cuerpos de Policía Local deberán ejercer las siguientes funciones:

C) Instruir Atestados por accidentes de circulación, dentro del casco urbano.

En los casos de daños materiales cuantiosos y heridos, realizamos Atestados en los cuales es muy importante la recogida de datos para conocer las posibles causas que influyeron en el Accidente y las hacemos constar en una diligencia llamada Juicio de la Fuerza Actuante y en un Croquis. Con estos datos objetivos las compañías pactan, pero hay veces que no llegan a acuerdo y se resuelve en un juicio. En el supuesto en el que la culpa de ambos resulte probada, cada conductor del vehículo implicado en el accidente será responsable del accidente en proporción a su culpa y, por ende, su compañía aseguradora.



Por otro lado destacar que en las Jefaturas de Policía Local más evolucionadas por parte de las Unidades de Atestados están usando dentro de su protocolo en la Investigación y Reconstrucción de  Accidentes de Tráfico La matriz de Haddon que permite clasificar las intervenciones de seguridad vial según:


1. Los factores que pretende modificar (del individuo, del vehículo, del entorno físico infraestructuras o del entorno social legislación, políticas públicas, normas sociales, cultura)
2. El momento con respecto a la colisión (antes fase precolisión, durante fase de la colisión y después de la colisión fase poscolisión).
En la fase precolisión, las intervenciones tienen por objetivo reducir la exposición al riesgo y la probabilidad de que se produzca una colisión. En la fase de la colisión, pretenden reducir la probabilidad de que se produzcan lesiones o de que éstas sean graves, una vez se ha producido la colisión. Y en la fase poscolisión pretenden reducir la probabilidad de que las lesiones tengan consecuencias.

AUTOR: RICARDO ALEMÁN POLICÍA LOCAL DE ROQUETAS DE MAR (ALMERÍA)


lunes, 29 de octubre de 2012

¿ESTÁN OBLIGADOS LOS CICLISTAS A SOMETERSE A LA PRUEBA DE ALCOHOLEMIA?

Todos los conductores de vehículos y de bicicletas quedan obligados a someterse a las pruebas que se establezcan para la detección de las posibles intoxicaciones por alcohol. Igualmente quedan obligados los demás usuarios de la vía cuando se hallen implicados en algún accidente de circulación

Según el Reglamento General de Circulación:

Tasas de alcohol en sangre y aire espirado.

Artículo 20. Tasas de alcohol en sangre y aire espirado. No podrán circular por las vías objeto de la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial los conductores de vehículos ni los conductores de bicicletas con una tasa de alcohol en sangre superior a 0,5 gramos por litro, o de alcohol en aire espirado superior a 0,25 miligramos por litro.

Nota: La tasa de alcoholemia permitida es la misma que para el resto de los conductores.

Normas sobre estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas

Artículo 27. 1. No podrán circular por las vías objeto de la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial los conductores de vehículos o bicicletas que hayan ingerido o incorporado a su organismo psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas, entre las que se (Actualizado a RD 667/2015. Rfas a Ley 6/2014) 24 incluirán, en cualquier caso, los medicamentos u otras sustancias bajo cuyo efecto se altere el estado físico o mental apropiado para circular sin peligro. 

2. Las infracciones a las normas de este precepto tendrán la consideración de muy graves, conforme se prevé en el artículo 65.5.c) del texto articulado


Los ciclistas no podrán negarse a someterse a las pruebas de detección de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas, igual que ocurre a los demás conductores. Es una falta “muy grave” y se sanciona igual que la anterior, con 1.000 euros  (la mitad si paga a tiempo y no recurre la multa).


El Código Penal no tipifica el delito para ciclistas, si para conductores de vehículos a motor y ciclomotores, por lo que no es un Delito contra la Seguridad Vial.

miércoles, 24 de octubre de 2012

VEHÍCULOS ABANDONADOS Y SU RETIRADA

Hoy debido a la gran cantidad de requerimientos que nos hacen por vehículos abandonados en la vía pública, había pensado escribir un post sobre esto. Nosotros comprobamos el estado del turismo y en el caso de presentar sintomas de abandono realizamos un Parte de Abandono y Pegamos una Pegatina en la que se indica el inicio del expediente, dicho Parte de Abandono lo remitimos al Negociado de Sanciones y Denuncias que son los que realizan los trámites y posteriormente ordenan la retirada del mismo.

















 
La idea de hoy era publicar que es un vehículo abandonado y la normativa que posibilita su retirada. Pero he encontrado un artículo de mi amigo de facebook Juan Antonio Carreras Espallardo (Carris), que lo cuenta mejor de lo que yo lo explicaría así que lo he copiado
 
Solo me queda decir que se puede realizar por parte del propietario del vehículo una BAJA VOLUNTARIA, que se puede realizar en el Ayuntamiento y este  se hace cargo de los gastos de la retirada y reciclaje del mismo, sin ningún coste para su titular.
 
 
Seguro que en alguna ocasión se ha encontrado con un vehículo que se encuentra estacionado en el mismo lugar varios días, y se pregunta si está robado o abandonado. Pero, ¿cuanto tiempo debe de trascurrir para que un coche se considere abandonado? ¿Está la Policía obligada a retirarlo?
 
La Policía Local, a través de Unidades de Medioambiente suele controlar los vehículos abandonados. Lo hace de oficio o por comunicación de cualquier persona. La retirada definitiva del lugar lleva sus trámites, aunque los vecinos de la zona desearían que el vehículo desapareciese al día siguiente.

Entendemos que un vehículo está abandonado cuando está estacionado más de un mes en el mismo lugar y presenta desperfectos o le faltan las placas de matrículas, cuando pasan más de dos meses desde que fue depositado por la autoridad tras su retirada de la vía pública y cuando consultada la Base de Datos de la DGT figure en situación de baja. Por otra parte, un vehículo es residuo sólido cuando teniendo placas de matrícula y no estando en situación de baja definitiva pueda suponer un peligro para el resto de los usuarios de la vía por su estado, o porque por ese estado de conservación haga imposible que pueda desplazarse por sus propios medios.
Normativa aplicable
- RDL 339/1990, de 2 de marzo Ley de Seguridad Vial (art. 86 – antiguo 71.1b)
- Ley 7/1985 RBRL, (art. 25.2.1)
- Ley 10/1998, de 21 de abril, de residuos (art. 3b)
- Ordenanza Municipal de Circulación o de Residuos de la población donde se encuentre el vehículo.
NORMATIVA DE LA LEY DE SEGURIDAD VIAL (LSV, RD 339/90)
Artículo 86. Tratamiento residual del vehículo.
1. La Administración competente en materia de gestión del tráfico podrá ordenar el traslado del vehículo a un Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos para su posterior destrucción y descontaminación:
  1. Cuando hayan transcurrido más de dos meses desde que el vehículo fuera inmovilizado o retirado de la vía pública y depositado por la Administración y su titular no hubiera formulado alegaciones.
  2. Cuando permanezca estacionado por un período superior a un mes en el mismo lugar y presente desperfectos que hagan imposible su desplazamiento por sus propios medios o le falten las placas de matrícula.
  3. Cuando recogido un vehículo como consecuencia de avería o accidente del mismo en un recinto privado su titular no lo hubiese retirado en el plazo de dos meses.
Con anterioridad a la orden de traslado del vehículo, la Administración requerirá al titular del mismo advirtiéndole que, de no proceder a su retirada en el plazo de un mes, se procederá a su traslado al Centro Autorizado de Tratamiento.
2. En el supuesto previsto en el apartado 1, párrafo c, el propietario o responsable del lugar o recinto deberá solicitar de la Jefatura Provincial de Tráfico autorización para el tratamiento residual del vehículo. A estos efectos deberá aportar la documentación que acredite haber solicitado al titular del vehículo la retirada de su recinto.
3. En aquellos casos en que se estime conveniente, la Jefatura Provincial de Tráfico, los órganos competentes de las Comunidades Autónomas con competencias en materia de tráfico, y el Alcalde o autoridad correspondiente por delegación, podrán acordar la sustitución de la destrucción del vehículo por su adjudicación a los servicios de vigilancia y control del tráfico, respectivamente en cada ámbito.



 FUENTE: Juan Antonio Carreras Espallardo (Carris)

http://blogs.laverdad.es/carris/2011/06/15/tramite-con-vehiculos-abandonados/

domingo, 21 de octubre de 2012

ACCIDENTES CON VEHÍCULOS HÍBRIDOS Y ELÉCTRICOS.

Hace unos días, mientras que ibamos patrullando mi compañero y yo, hablabamos de los rescates y las medidas de seguridad a adoptar en los Accidentes de Tráfico. Casi siempre somos los primeros en llegar y hay que tener claro las medidas a adoptar es lo que se llama PAS (Proteger, Alertar y Socorrer)
 
 
 
Pero últimamente con la incorporación de los vehículos Híbridos y los Eléctricos al parque móvil hay que tener ciertas precauciones, ya que desconocemos el protocolo de actuación si lo hay, para evitar posibles accidentes. Lo más correcto sería por parte de las Administraciones ir formando a los Cuerpos de Rescate y Policías encargados del Tráfico.




 La llegada de los coches eléctricos o híbridos al panorama automovilístico nacional está obligando a los bomberos a ‘ponerse las pilas’ a la hora de conocer el modelo accidentado sobre el que tienen que trabajar. En España los bomberos de la Comunidad de Madrid ya trabajan sobre protocolos de actuación específicos, sin embargo echan de menos una normativa común que unifique criterios y también una norma que obligue a los fabricantes a incluir fichas de rescate en los coches.
 
 
Las carreteras y ciudades españolas, como las de medio mundo, van haciendo sitio poco a poco a un buen número de vehículos movidos por energías alternativas. Y es que la oferta ha aumentado progresivamente en los últimos meses y ya son 17 los modelos híbridos comercializados por diferentes marcas, 8 los modelos eléctricos y 2 los eléctricos de autonomía extendida que se pueden adquirir en los concesionarios. Esta ‘invasión’ de coches especiales de bajo o nulo consumo de combustibles fósiles, está obligando a los servicios de emergencia y rescate a ponerse al día en todo lo referente a protocolos de intervención, medios técnicos y materiales e información sobre este tipo de vehículos que esconden en sus entrañas cableado de alta tensión o baterías de alto voltaje a las que, en caso de accidente, hay que tratar de una forma bien diferente a lo que se hace con un coche de propulsión convencional.
 
 
Hay que pensar que en una colisión los bomberos recurren la mayoría de las veces a procedimientos de excarcelación en los que se utilizan herramientas de corte y separación de chapa que habría que manejar con sumo cuidado en caso de que el vehículo accidentado fuese híbrido o eléctrico. En ese sentido sorprende que no haya un plan de actuación general y que se esté tardando tanto en adaptar la normativa europea al caso español. Pero en este nuevo panorama automovilístico el Departamento de Formación de los Bomberos de la Comunidad de Madrid está haciendo los deberes y trabajan desde hace unos meses en acumular información para dar cursillos a sus 1.400 bomberos sobre el protocolo de actuación en este tipo de vehículos.
 
 
La Administración no se lo pone fácil puesto que este cuerpo de emergencias echa de menos algunas actuaciones que facilitarían en gran medida el correcto funcionamiento del servicio a la hora de acudir a un accidente de tráfico con vehículos de estas características. Rafael de Andrés, uno de los responsables de formación de Bomberos de Madrid, incluso ha creado un blog de libre acceso  http://rafadeandres.wordpress.com/  en el que trata de facilitar las cosas a sus compañeros ‘colgando’ valiosos documentos aportados de su propia investigación o procedentes de las marcas que le han proporcionado esquemas y libros de mantenimiento. «De toda la información que he logrado en este tiempo, la que me parece más práctica es la que ha colgado el RACC en su página web ya que dispone de fichas que abarcan todos los coches de todas las marcas, tienen un formato europeo y utilizan un mismo esquema de símbolos, organigramas y códigos de colores». Nos lo dice Rafael entusiasmado por lo práctico del planteamiento. Se refiere a unas fichas de rescate diseñadas en estrecha cooperación entre fabricantes y proveedores de equipos de seguridad y coordinadas por diferentes asociaciones de protección de incendios y médicos de urgencias. Además del RACC, que además promueve con muy buen criterio una campaña por diferentes provincias españolas de la «Hoja de Rescate», la VDA (Asociación de Fabricantes Alemanes de Automóviles) también ha recopilado los links de las marcas, disponibles en su página (http://www.vda/de/en) y complementadas por las de la VDIK (Asociación Alemana de Importadores de Coches) en su página (http://www.vdik.de/index.php?&id=67504). Incluso el español Ramón Pérez Pérez ha creado una aplicación para iPhone e iPad llamada ‘iRescue’ que incorpora las hojas de rescate en español e inglés de más de 40 marcas y 900 modelos entre los que claro está, se encuentran todos los híbridos y eléctricos del mercado. En cualquier caso, todo el personal de emergencias consultado está de acuerdo en que la Administración debería obligar a los fabricantes a incorporar en sus vehículos esa ficha de rescate plastificada y situada en un lugar accesible que facilitara el trabajo en caso de siniestro. Valga como ejemplo el ahorro de tiempo que esta ficha aportaría a la hora de buscar la batería de un vehículo convencional ya que cada vez se encuentran más escondidas (por ejemplo BMW las instala en el maletero y otras marcas bajo el piso dentro del habitáculo).
 
 
Rafael nos describe la labor de un equipo de bomberos cuando tienen que acudir a un accidente de tráfico: «hasta ahora el procedimiento de intervención o protocolo a seguir en un híbrido no era específico, aunque afortunadamente en la Comunidad de Madrid no hemos tenido ningún siniestro con un vehículo de estas características. En cualquier caso siempre se incluye la desconexión de la batería de 12 voltios de cualquier modelo. La sistemática está establecida y el bombero número 3 tiene que desembornar la batería mientras que el 1 y el 2 se encargan del rescate de la víctima. Si hay sanitarios será el bombero número 1 el que apoya al sanitario mientras que el resto señaliza el vehículo y habilita una zona de espacio seguro coordinado con la Guardia Civil, para evitar un accidente secundario o atropello de intervinientes. Otro bombero prepara un tendido de emergencia y un extintor y ese señor será el que se encargue de la seguridad, de la desconexión de la batería y siempre preparado por si hay extinción. Luego se estabiliza el vehículo con cuñas de madera para que no se mueva y evitar el peligro en la zona cervical o columna. Siempre se intenta dejar el vehículo hecho un bloque, anulando el sistema de suspensión. Si está boca abajo nunca se intentará darle la vuelta y si hay víctima dentro, mucho menos. Se trata de que el herido no sufra ningún desplazamiento».
 
 
Rafael y sus compañeros de fatigas tienen todo bajo control con un coche tradicional, sin embargo ahora se encuentran con el problema de que no disponen de coches híbridos o eléctricos para ensayar este tipo de intervenciones. Incluso han intentado comprar un coche de desguace pero no encuentran uno de estas características. La teoría la están conociendo en bloque en estos días y saben que para estos vehículos especiales de los que hablamos se requiere cizallas con aislamiento eléctrico, guantes aislantes, casco con pantalla para soportar la radiación luminosa y la alta temperatura que puede ocasionar un arco eléctrico y conocer al dedillo entre otras, la ubicación exacta del interruptor de desconexión general del sistema.
 
 
El objetivo es que este año todo el personal conozca la forma de actuar con uno de estos vehículos. Pero también tienen la esperanza de que la normativa les ayude respecto a lo de las hojas de rescate obligatorias. Según un estudio de bomberos, hasta el 63% de los problemas que se pueden encontrar los equipos de rescate en un accidente de coche se podrían reducir si todos los vehículos la incorporasen.
 
 
FUENTE: MOTOR 16

martes, 16 de octubre de 2012

NUEVO ETIQUETADO DE LOS NEUMÁTICOS

A PARTIR DEL 1 DE NOVIEMBRE, ESTÁN OBLIGADOS A INDICAR SU RESISTENCIA A LA RODADURA, AGARRE EN MOJADO Y NIVEL DE RUIDO

Desde el 1 de noviembre, los neumáticos deberán incorporar una etiqueta en la que se facilita información estandarizada sobre su resistencia a la rodadura (y por consiguiente su influencia en el consumo y emisiones), su capacidad de frenada en superficies mojadas y su nivel de ruidos.Conocer cuál es el neumático que menos combustible gasta, el que menos metros necesita para frenar en carreteras mojadas o el que menos ruido hace, y hacerlo de forma sencilla, ya será posible a partir del 1 de noviembre, fecha en la que entra en vigor una normativa de la Unión Europea. La misma obliga a que los neumáticos incorporen una etiqueta, parecida a la que ya llevan los electrodomésticos, en la que se informe claramente sobre tres parámetros esenciales en seguridad y eficiencia: resistencia a la rodadura, agarre en mojado y el ruido que emiten. Las asociaciones de consumidores han recibido muy bien la noticia, indicando que con ella los usuarios podrán comparar la eficacia de unos y otros neumáticos. 

   En el RACE han cogido la calculadora y, siguiendo las estimaciones oficiales –el de etiqueta A consume un 7,5% menos de combustible que otro G–, indican que “a una media de 8 l/100 km, a 1,50 € el litro de combustible, y una vida útil del neumático de 35.000 kilómetros, se ahorraría más de 300 € a la largo de toda la vida del neumático”. Igualmente, calculan que si los aproximadamente 15 millones de neumáticos que se venden cada año en España fueran de la clase A, se ahorrarían más de mil millones de euros en consumo de combustible.
Los fabricantes también apoyan esta iniciativa, que aseguran proporciona más información al comprador y le sensibiliza sobre la importancia que tienen los neumáticos en la seguridad. Desde Goodyear se indica que un usuario bien informado puede ahorrar hasta el 20% del consumo de combustible y de sus emisiones, incluídas las de CO2; frenar hasta 18 metros antes y emitir una cuarta parte de ruido. Pero otros realizan matizaciones, como Arthur de Bok, presidente de Goodyear Dunlop, quien subraya las limitaciones de la etiqueta “porque hay criterios relacionados con la seguridad que no están incluidos, como la resistencia al aquaplaning, manejabilidad en mojado, frenada en seco y tracción”.




En las web de las asociaciones de consumidores y automovilistas, así como en las de los principales fabricantes, se pueden encontrar vídeos explicativos sobre la nueva etiqueta.


FUENTE: REVISTA TRÁFICO Y SEGURIDAD VIAL Nº 216


lunes, 15 de octubre de 2012

LA DGT DESTINARÁ EN 2013 UN MILLÓN DE EUROS A CONTROLES ANTIDROGA

Se prevé que se recaude por multas de tráfico 384 millones de euros en 2013, un 6,2 por 100 menos que el presente año. Pese a ello aseguran que se mantendrán las ayudas a las víctimas de tráfico.
 
La Dirección General de Tráfico (DGT) destinará en 2013 un millón de euros a controles de droga en conductores, al mismo tiempo que mantendrá los 450.000 euros en subvenciones para las Asociaciones de Víctimas de Accidentes de Tráfico, para que desarrollen sus planes de prevención y promoción en la materia.
 



Así lo ha adelantado la directora general de Tráfico, María Seguí, durante su comparecencia en el Congreso en relación a la tramitación del proyecto de Presupuestos Generales del Estado (PGE) para 2013, desde que en julio se pusieran en marcha estos controles antidroga en las carreteras, todos los días y a todas horas, a diferencia de los pocos test que se venían haciendo por su elevado coste.

Según los datos que baraja la DGT, casi uno de cada cinco conductores españoles (el 19,4 por ciento) dan positivo de drogas y hasta el 30 por ciento, con alguna combinación de sustancias incompatibles con la conducción, como el alcohol y los psicofármacos; lo que convierte a España en uno de los países donde más drogas se consumen, sobre todo cocaína y cannabis.

La DGT cuenta para 2013 con un presupuesto de 845,44 millones de euros, lo que representa una reducción de 14,14 millones de euros sobre lo presupuestado en 2012, una cantidad equivalente a una reducción del 1,65 por ciento.

"Este Presupuesto presenta mejoras notables con objetivos más ambiciosos en la reducción de la siniestralidad", ha defendido Seguí, a la vez que ha puntualizado que, si se retira la transferencia al Estado que debe aportar la institución, el organismo cuenta en su Presupuesto para 2013 con un total de 709 millones de euros.

Sobre las aportaciones de las sanciones, Seguí ha puesto de ejemplo que en 2010 se presupuestaron como ingresos 432 millones de euros procedentes de las multas, mientras que para 2013 se prevén 384 millones, es decir una cantidad inferior que ha justificado "en consonancia con la filosofía de concienciación social que hará que disminuyan las multas".

Fuente: eleconomista.es

domingo, 14 de octubre de 2012

EL GOBIERNO FRANCÉS APLAZA LA OBLIGACIÓN DE INSTALAR ETILÓMETROS EN LOS COCHES

El Gobierno francés ha aplazado hasta marzo de 2013 la implantación del etilómetro en todos los vehículos que circulen por el país, ante las dificultades registradas en el suministro de estos dispositivos.

La medida, aprobada por el anterior Ejecutivo francés, preveía que el próximo 1 de noviembre se empezaría a sancionar a quien incumpliera la obligatoriedad de portar el etilómetro.

Parece que el Gobierno galo, además de aplazar esta fecha, estudia la conveniencia de mantener o no la obligatoriedad de la propia medida y se prevé que pueda someterla a la consulta del Consejo Nacional de Seguridad Vial, y de las asociaciones de conductores y de víctimas de la carretera.
 
La medida ahora aplazada, obligaba a portar el dispositivo en todos los vehículos a motor (camiones, autobuses, turismos y motocicletas de más de 50 centímetros cúbicos), tanto franceses como extranjeros.

La entrada en vigor de esta normativa se produjo el 1 de julio de 2012, si bien las autoridades francesas anunciaron que no se procederá a denunciar estas infracciones hasta el próximo 1 de noviembre.

El importe de la sanción era de 11 euros (33 euros en caso de impago).

Según la patronal de camioneros española, el país vecino ha registrado dificultades para suministrar etilómetros suficientes, "ante la demanda de los conductores tanto franceses como de otros países europeos, y la limitación de la capacidad de producción por parte de los fabricantes de estos aparatos, situados en China y el Norte de Africa".

miércoles, 10 de octubre de 2012

ARTíCULOS DE SEGURIDAD INFANTIL PARA VIAJAR

Hoy hemos recibido en mi casa varios regalos de una amiga, que conocí a través de un Curso de Educación Vial para Adultos organizado por la DGT, María Trinidad Espada que trabaja en la empresa SEGURIDAD INFANTIL EN VIAJES en ALICANTE y para mi es un referente en temas de Educación y Seguridad Vial y sobre todo es una experta en Sistemas de Retención Infantil y todo lo relacionado con la Educación y Seguridad Vial en la edad infantil, que es cuando somos más frágiles.

Pues os voy a contar en este post algunos de los artículos que nos ha regalado, que son muy útiles para llevar al bebé en el turismo.

Pegatinas de Peques A Bordo, son las típicas pegatinas que se colocan en el cristal trasero del turismo, para que los demás usuarios de la vía sepan que en el vehículo hay niños y que deben de tener especial cuidado. Os muestro un dibujo a continuación de como son.





Amigos de Cinturón, son unas cintas de Velcro que sirven para proteger la piel de tu hijo de las molestias causadas por el cinturón. Se cierran fácilmente al tener el Velcro, y tienen dos caras para su uso en invierno y en verano. Además tienen un lazo para el chupete y una figura en forma de animal que al tocarlo por el niño suena estimulando sus sentidos y distrayéndolo durante el trayecto evitando accidentes por distracciones.




Reposacabezas con Apoyo Total, es un soporte para la delicada cabeza del bebé recomendado para bebés que viajan en sillas del grupo 0+ . Tiene también dos caras una para invierno y otra para verano, con forma de animal y colores muy vivos. Ambos son lavables.

   
Os dejo el enlace de la página  y cuenta de facebook para los que esteís interados en cualquier tema de Seguridad Infantil, seguro que María Trinidad os informa de todo.


http://www.facebook.com/Piratilla36.net?ref=ts&fref=ts

AUTOR: RICARDO ALEMÁN POLICÍA LOCAL DE ROQUETAS DE MAR (ALMERÍA)

martes, 9 de octubre de 2012

CELEBRACIÓN JORNADA SOBRE SEGURIDAD VIAL Y DROGAS - Sevilla, 8 de Noviembre de 2012

Hoy, gracias a los trabajos llevados a cabo a través del programa DRUID (Driving Under Influence of Alcohol and Drugs, en España con el título Conducir bajo la influencia de las drogas, el alcohol y los medicamentos) conocemos mejor la incidencia de las drogas en los comportamientos de los conductores y, sobre todo, las graves consecuencias que se derivan de ella.

En relación con los riesgos que conlleva la conducción bajo esas condiciones, el Defensor del Menor de Andalucía, junto a la Red de Fiscales de Seguridad Vial de Andalucía y bajo el patrocinio de CAJASOL, ha organizado una Jornada, que celebraremos en Sevilla, el próximo 8 de Noviembre de 2012.

Adjuntamos el díptico informativo de la Jornada, para que tenga conocimiento del programa. En el que intervendrán el Sr. Fiscal de Seguridad Vial de Andalucía D. Luís Carlos Rodríquez, el Tte. Coronel Jefe de Andalucía de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil D. Fernando Mora, además de la Sra. Ana Novella , Presidenta de Stop Accidentes y D. Jacinto Mateos Vicepresidente de
ATESVAN.

Por otro lado, informamos que para asistir a esta Jornada es imprescindible cumplimentar el formulario de inscripción que figura en nuestra página web www.defensordelpuebloandaluz.es/jornadaseguridadvialydrogas


https://docs.google.com/viewer?a=v&pid=gmail&attid=0.1&thid=13a44252d36f14cd&mt=application/pdf&url=https://mail.google.com/mail/?ui%3D2%26ik%3De224cd3502%26view%3Datt%26th%3D13a44252d36f14cd%26attid%3D0.1%26disp%3Dsafe%26zw&sig=AHIEtbTuEBJ6HuDdECYnUrivj88hGgJr0A


FUENTE: F. Eduardo Barrero, ATESVAN Fetevi - Andalucía

domingo, 7 de octubre de 2012

CINTURÓN DE SEGURIDAD PARA EMBARAZADAS

Existen sistemas para garantizar la salud de las embarazadas y de sus fetos en casos de accidentes de tráfico o frenazos. Suelen ser como un pequeño asiento que se coloca sobre el asiento del vehículo, el cual lleva unas tiras que sirven para fijarlo al asiento.  Al sentarse la mujer lleva otra tira con remaches que se coloca entre las piernas y que sirve para desviar la banda horizontal del cinturón de seguridad por debajo del vientre de la embarazada.







 
     










Instalación del sistema BeSafe

En caso de accidente o de un simple frenazo el peso de una persona adulta puede alcanzar entre 3 y 5 toneladas. Para una mujer embarazada esto significaría que el feto que lleva justamente delante recibiría un fuerte golpe en el momento del impacto provocado por el cinturón de seguridad. Por lo tanto es muy importante desviar el cinturón de seguridad por debajo del vientre de la madre.

En varios accidentes sufridos por mujeres embarazadas, los fetos pudieron sobrevivir gracias al uso de un sistema especial de cinturones que desviaba la fuerza del impacto por debajo del útero. Se recomienda usar estos sistemas a partir del segundo mes de embarazo para proteger la integridad física del feto y de la madre en caso de Accidente o de simples frenazos.

Hay muchas marcas pero una de las más vendidas es BeSafe  www.besafe.eu   nosotros lo compramos por unos 44.50 €. En España han inventado otro sistema más completo que es como un chaleco que también guía la banda diagonal del cinturón de seguridad Emobikids es otro concepto y la verdad, que va muy bien para llevarlo en el bolso y utilizarlo cuando sea necesario, en tu vehículo, en un taxi.... www.emobikids.com.