Últimamente vengo observando
deportes de moda que tienen ciertos peligros para el tráfico. EL LONGBOARD
monopatín grande similar a una tabla de Surf, que usan muchos jóvenes para
realizar descensos por vías con pendiente.
En Aguadulce barrio de Roquetas de Mar peculiar por tener pendientes y cuestas que llevan desde la montaña hasta el Paseo Marítimo lo practican los jóvenes y hemos tenido algún requerimiento como Policía Local. Al principio no sabía cómo actuar y todavía tengo mis dudas por eso escribo en el Blog esté artículo.
En Aguadulce barrio de Roquetas de Mar peculiar por tener pendientes y cuestas que llevan desde la montaña hasta el Paseo Marítimo lo practican los jóvenes y hemos tenido algún requerimiento como Policía Local. Al principio no sabía cómo actuar y todavía tengo mis dudas por eso escribo en el Blog esté artículo.
En el Reglamento General de Vehículos no hay ninguna definición que lo
contemple el más parecido es el CICLO:
vehículo de dos ruedas por lo menos, accionado por el esfuerzo muscular de las
personas que lo ocupan, en particular mediante pedales o manivelas.
Existen Municipios que están regulando su uso mediante Ordenanzas Municipales, y en caso de ser una competición previa autorización y corte de la vía. Entonces no pueden usar la calzada, pero no hay nada que les impida ir por la acera a excepción de aquellos Municipios que regulan el uso a través de Ordenanzas.
Existen Municipios que están regulando su uso mediante Ordenanzas Municipales, y en caso de ser una competición previa autorización y corte de la vía. Entonces no pueden usar la calzada, pero no hay nada que les impida ir por la acera a excepción de aquellos Municipios que regulan el uso a través de Ordenanzas.
En el Reglamento General de Circulación
CAPÍTULO IV.
PEATONES.
Artículo 121. Circulación por zonas
peatonales. Excepciones.
4. Los que utilicen monopatines, patines o aparatos similares no podrán
circular por la calzada, salvo que se trate de zonas, vías o partes de éstas que
les estén especialmente destinadas, y sólo podrán circular a paso de persona por
las aceras o por las calles residenciales debidamente señalizadas con la señal
regulada en el artículo 159, sin que en
ningún caso se permita que sean arrastrados por otros vehículos.
AUTOR: RICARDO ALEMÁN POLICÍA LOCAL DE ROQUETAS DE MAR (ALMERÍA)
En caso de que una posible ordenanza municipal limite su uso por aceras, único sitio por donde según estos artículos esta permitido su uso, ¿Será ilegal desplazarse en longboard?
ResponderEliminarHay Municipios que regulan su uso por Ordenanzas, prohibiendo el uso en aceras, zonas peatonales y paseos. Pero normalmente tienen Skateparks para poder prácticarlos. Pienso que con el tiempo en Roquetas de Mar harán algo parecido. Un saludo
Eliminaropino que mientras no tengan comportamientos agresivos en los que pongan en peligro al vioandante no deberian estar prohibidos ya que al haber ahi un "vacio legal" por decirlo de algun modo, no veo bien la prohibicion de este deporte. pero seguro que estan los 4 gilipollas de siempre que se quejaran y joderan a las personas que tratan de alejarse de lso malos mundos realizando actividades al aire libre, que claro quede que si el municipio dispone de zona especializada (y suficientemente amplia) para la practica de esto entonces no lo veria mal del todo, mas que nada por la seguridad de los peatones.
EliminarYo por ejemplo soy de cadiz y aqui no hay un caraho habilitado, hicieron una piscina de cemento para patinar que sigue sin terminar, es peligrosisima por su estado y se encuentra en una zona de dificl acceso ya que hay que pasar por una zona abandonada lleande escombros y porque no decirlo de hasta jeringuillas de los yonkis que se esconden ahi denoche. espero que mi opinion sirva para algo y no para seguir prohibiendo actividades sanas.
Mientras una actividad es minoritaria no suele plantear grandes problemas, estos aparecen cuando el número de practicantes aumenta o quienes lo practican lo hacen donde pueden generar peligro, lesiones a las personas o daños la los bienes, entonces es necesario regular la actividad.
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