Indica las zonas de
circulación especialmente acondicionadas que están destinadas en primer lugar a
los peatones y en las que se aplican las normas especiales de circulación
siguientes: la velocidad máxima de los vehículos está fijada en 20 kilómetros
por hora y los conductores deben conceder prioridad a los peatones. Los
vehículos no pueden estacionarse más que en los lugares designados por señales
o por marcas. Los peatones pueden utilizar toda la zona de circulación. Los
juegos y los deportes están autorizados en ella. Los peatones no deben estorbar
inútilmente a los conductores de vehículos.
Es hora de que las ciudades sean para las personas. Algunas grandes ciudades, como por ejemplo Madrid, comenzó a implantar hace más de diez años en determinadas zonas Áreas de Prioridad Residencial (APR). El fin es favorecer el tránsito de peatones y reducir la contaminación del aire y los ruidos a través de limitaciones en el tráfico.
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