La Ley 6/2014, de 7 de abril,
por la que se modifica el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación
de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo
339/1990, de 2 de marzo. Dice en el caso de los ciclistas que tienen la obligación
de llevar casco de protección:
«Los conductores y, en su
caso, los ocupantes de bicicletas y ciclos en general estarán obligados a utilizar el casco de protección
en las vías urbanas, interurbanas y travesías, en los supuestos y con las
condiciones que reglamentariamente se determinen, siendo obligatorio su uso por
los menores de dieciséis años, y
también por quienes circulen en vías interurbanas.»
Tienen la obligación de llevar casco de protección:
- TODOS LOS CICLISTAS MENORES DE 16 AÑOS
- TODOS LOS CICLISTAS QUE CIRCULEN POR VÍAS INTERURBANAS
Recordar que dicha reforma
entra en vigor el día 9 de Mayo de 2014.
AUTOR: RICARDO ALEMÁN POLICÍA LOCAL DE ROQUETAS DE MAR (ALMERÍA)
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