Hasta hace muy poco tiempo
cuando un peatón había provocado un accidente de tráfico o había cometido una
infracción no tenía la obligación de someterse a las pruebas de alcoholemia o
de drogas.
Pero
con la Ley 6/2015, de 7 de abril, por la que se modifica el texto
articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y
Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de
marzo esto ha cambiado. Desde el día 9 de Mayo
de 2014 que entró en vigor dicha Ley se obliga a todos los usuarios de la vía a
someterse a las pruebas de detección de alcohol y drogas, cuando se hallen implicados en
un accidente de tráfico o hayan cometido una infracción, es decir, a
peatones también.
AUTOR: RICARDO ALEMÁN POLICÍA LOCAL DE ROQUETAS DE MAR (ALMERÍA)
No hay comentarios:
Publicar un comentario