La DGT llevará a cabo un
dispositivo de vigilancia a partir de este lunes sobre el uso de este mecanismo
y de los Sistemas de Retención Infantil. El cinturón de seguridad es un
elemento básico y fundamental de la seguridad vial y reduce a la mitad el riesgo
de muerte en caso de accidente. Según señalan desde la Dirección General de
Tráfico, un choque frontal a 80 kilómetros por hora sin llevar puesto el
cinturón, suele llevar fatalmente aparejado resultado de muerte y lesiones. Este
dispositivo de seguridad alcanza una máxima efectividad en los vuelcos, donde
se reduce un 77% el riesgo de muerte. No usar el cinturón de seguridad o los
sistemas de retención infantil es una infracción al artículo 117 del
Reglamento General de Circulación.
EMBARAZADAS
Hasta 2006, la ley
eximía a las embarazadas de la obligación de llevar el cinturón en
determinadas circunstancias. Y esto era un grave error, derivado de la
creencia de que el cinturón podía producir daños al feto. El riesgo de lesión y
pérdida del feto por no llevar puesto el cinturón de seguridad es mayor que el
riesgo de no llevarlo.
CÓMO DEBE LLEVAR UNA
EMBARAZADA EL CINTURÓN DE SEGURIDAD.
La banda inferior deberá
pasar lo más bajo posible del vientre y la
banda diagonal pasará centrada por la clavícula, entre el pecho y lateralmente
por el abdomen. Con esto se consigue reducir las cargas que en caso de colisión
el cinturón ejercería sobre el útero.
Existen accesorios para embarazadas
que usados junto al cinturón de seguridad reducen las lesiones a la madre y el feto
(marcas como BeSAFE y Chalecos Emobikids son pioneras en este aspecto).
SISTEMAS
DE RETENCIÓN INFANTIL
Son obligatorios desde el
primer día en que el Bebé, necesite viajar en el vehículo y hasta que alcance
los 135 cm (recomendable 150 cm) de estatura. El uso de SRI en menores con
menos de 135 cm de estatura es OBLIGATORIO.
Un vehículo en el que viaje
un menor sin sistema de retención infantil (estando obligado a hacerlo) podrá
ser objeto de inmovilización, incluso si este vehículo es un taxi.
AUTOCARES
O AUTOBUSES
Desde el año 2007, todos los
autocares y autobuses nuevos (matriculados a partir de 2007) están obligados a
llevar cinturón de seguridad. En cuanto a su uso, siempre que los vehículos
dispongan de ellos, tanto el conductor como los pasajeros mayores de tres años
deberán llevarlo abrochado durante todo el trayecto, tanto si se circula
por vías urbanas como por interurbanas. No hacerlo es una infracción
"grave" que lleva aparejada una sanción de 200 euros, que deberá
abonar el viajero.
ANIMALES DOMÉSTICOS
Las mascotas mientras
conducimos pueden generarnos situaciones de peligro y una distracción. Llevarlas
sueltas o asomadas por la ventanilla con un simple frenazo multiplican su peso
y nos pueden golpear violentamente causando lesiones a los ocupantes del
vehículo e incluso la muerte.
Es una infracción al Reglamento General de Circulación ARTÍCULO
18 APARTADO 1 OPCIÓN 5E. Conducir un vehículo sin cuidar de la adecuada colocación de los objetos o algún animal
transportado para que no interfiera en la conducción. Infracción
Leve cuyo responsable es el conductor del vehículo y con un importe de 80
Euros.
Existen diferentes sistemas en el mercado que facilitan un transporte seguro para nosotros y nuestras mascotas.
AUTOR:
RICARDO ALEMÁN POLICÍA LOCAL DE ROQUETAS DE MAR (ALMERÍA)
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