lunes, 23 de febrero de 2015

SOMOS COMPROMISARIOS DE LA CARTA EUROPEA DE LA SEGURIDAD VIAL

Que Roquetas de Mar Educación Vial sea un compromisario de la Carta Europea de la Seguridad Vial es más que un logro, no todas las instituciones o particulares pueden pertenecer a ésta, hay que llevar a cabo acciones e iniciativas de Seguridad Vial dirigidas a sus miembros, empleados y al resto de la sociedad civil de forma muy activa.



¿QUÉ ES ROQUETAS DE MAR EDUCACIÓN VIAL? ¿Y CÓMO HA INFLUIDO EN LA MEJORA DE LA EDUCACIÓN Y LA SEGURIDAD VIAL?

Roquetas de Mar Educación Vial es un proyecto unipersonal de Ricardo Alemán, Policía Local de Roquetas de Mar (Almería), Diplomado en Educación Física y Monitor de Educación Vial. Entre los proyectos a destacar están este Blog con muchos seguidores y visitantes, un perfil de Facebook https://www.facebook.com/profile.php?id=100008962636831, cursos de Educación Vial para Inmigrantes, Charlas-Talleres para Embarazadas y sobre el correcto uso de los Sistemas de Retención Infantil SRI, colaborador de la sección de Educación y Seguridad Vial en el programa de radio Almería en la Onda, organizador de las actividades en conmemoración del Día Mundial en recuerdo de las Víctimas del Tráfico... Todos los proyectos desarrollados han sido de forma altruista y con el único objetivo de reducir el número de víctimas por siniestros de tráfico. Lo que nos ha hecho ser merecedores de pertenecer a la Carta Europa  de la Seguridad Vial  y ser entidad adherida al compromiso 2020 cero víctimas de la plataforma Ponle Freno.


¿QUÉ ES LA CARTA EUROPEA DE LA SEGURIDAD VIAL?

La Carta Europea de la Seguridad Vial, dirigida por la Comisión Europea, es la mayor plataforma sobre seguridad vial de la sociedad civil. Hasta la fecha, más de 2 300 entidades públicas y privadas se han comprometido con la Carta y han llevado a cabo acciones e iniciativas de seguridad vial dirigidas a sus miembros, empleados y al resto de la sociedad civil.

Estas acciones han fortalecido la cultura de la seguridad vial en toda Europa, han mejorado el conocimiento popular sobre las causas de los accidentes y han ayudado a crear medidas y soluciones preventivas.

La diversa comunidad de miembros de la Carta está formada por empresas, asociaciones, autoridades locales, instituciones de investigación, universidades y escuelas. Todos ellos reciben un reconocimiento auténtico y sus acciones se publican en nuestro sitio web, a fin de enseñar e inspirar a terceros.

En concreto, la Carta tiene como objetivo

• Fomentar y apoyar a asociaciones, escuelas, universidades, empresas de todo tipo y tamaño, y autoridades locales europeas a tomar medidas de seguridad vial en Europa.
• Reconocer las contribuciones de la sociedad civil a la seguridad vial.
• Facilitar la adquisición y el intercambio de conocimientos en materia de seguridad vial en la Unión Europea entre los miembros de la sociedad civil.
• Facilitar un diálogo verdadero para la transferencia de experiencias y prácticas de seguridad vial en todas las esferas de gobierno en la Unión Europea.

Juntos, hemos desempeñado un papel importante en el esfuerzo paneuropeo para hacer de nuestras carreteras un lugar más seguro. La  misión actual de la Carta Europea de la Seguridad Vial es fomentar, impulsar y ampliar aún más esta comunidad, con la visión final de reducir el número de víctimas de la carretera de aquí a 2020.

AUTOR: RICARDO ALEMÁN POLICÍA LOCAL DE ROQUETAS DE MAR

viernes, 20 de febrero de 2015

CURSO DE EDUCACIÓN VIAL PARA EDUCADORES DE MENORES CON MEDIDAS JUDICIALES O EN RIESGO DE EXCLUSIÓN SOCIAL

Curso de formación “Educación para la Seguridad Vial para Educadores de Menores con medidas judiciales o en riesgo de exclusión social” 2ª Edición.



Comunidades Autónomas de Castilla y León, Navarra, Andalucía, La Rioja y Ciudad Autónoma de Melilla

Desde la  entrada en vigor de  la Ley Orgánica 5/2000 de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, la DGT colabora con las Comunidades Autónomas en el desarrollo de programas de educación de  menores con  medidas judiciales o en riesgo de exclusión social.
La Dirección General de Tráfico, en colaboración con las Consejerías competentes de las CC.AA, convoca la segunda edición de un curso de formación para profesionales, exclusivamente, de las Comunidades Autónomas de Castilla y León, Navarra, Andalucía, La Rioja y la Ciudad Autónoma de Melilla (Próximamente se convocará el curso en las restantes Comunidades Autónomas)

1.- Objetivos
 Facilitar a los educadores y mediadores información y recursos para el desarrollo  y planificación de contenidos, programas y proyectos de Educación para la Seguridad Vial para su aplicación en el ámbito de  menores con medidas judiciales, y /o en riesgo de exclusión social.

2.-  Contenidos
·         Unidad 1- Educación a lo largo de la vida
·         Unidad 2- Factores de riesgo y accidentes de Tráfico
·         Unidad 3- Intervención social en Seguridad vial con Jóvenes
·         Unidad 4- Metodologías  adaptadas a la Educación Vial
·         Unidad 5- Organización y optimización de recursos en Educación Vial
·         Unidad 6 - Planificación y programación en Educación Vial

3.- Fases

Fase  1 Online
Se desarrollará en  el espacio de formación de la DGT www.aula-abierta-dgt.es   
           
La confirmación de inscripción,  las claves de acceso y la fecha de inicio se remitirán por correo electrónico a la dirección facilitada por el alumno.
La duración de la fase online será de 30 días,  con tutoría,  feed-back y control de la realización de las autoevaluaciones.

Fase  2 presencial.
Constará de una única sesión presencial de 4 horas de duración, a impartir  en las capitales de las Comunidades Autónomas citadas,  y excepcionalmente, cuando  el número de participantes lo exija, en otras ciudades o localidades de la misma.
Esta fase se completará  con la  concreción de los diseños de  proyectos de intervención educativa que propondrán los  participantes  y la presentación de los materiales didácticos publicados por la DGT.

Fase 3. Presentación del proyecto.
Concreción de los proyectos de intervención educativa trabajados en la fase online y presencial. El proyecto será enviado a los tutores en un plazo de 20 días desde el desarrollo de la fase presencial.
El proyecto se podrá presentar en grupo siempre que los participantes sean educadores de la misma entidad.

Fase 4. Implementación del proyecto y elaboración de la memoria de implementación
El proyecto será implementado en su centro de trabajo, o en cualquier otro que el alumno considere y que permita la justificación de dicha implementación. A su término, se presentará una pequeña memoria del proyecto y del proceso.

4.-  Inscripción
Se realizará remitiendo el formulario de Inscripción colgado en www.aula-abierta-dgt.es

TEMPORALIZACIÓN.  
El curso atenderá a la siguiente calendarización (aproximada) durante el año 2015.

 CERTIFICACIÓN.
 La superación del curso (Fase online +Fase presencial +Presentación de diseño del proyecto+ Implementación) supondrá la certificación de 60 horas. Si por causa  justificada un alumno no realiza la implementación del proyecto se  certificarán  50 horas.


                                                                          Madrid, DGT, febrero de 2015


jueves, 19 de febrero de 2015

LA EDUCACIÓN VIAL EN LAS CHARLAS MATRONALES

Hoy  he estado en el Centro de Salud de Aguadulce (Roquetas de Mar) impartiendo un Curso de Educación Vial para embarazadas y sobre el correcto uso de los Sistemas de Retención Infantil S.R.I. 


La actividad se ha organizado dentro de las charlas matronales que realizan los centros de salud y ha estado dividida en dos bloques:

  • Educación Vial para Embarazadas: cómo afecta la Ley de Seguridad Vial y el Reglamento General de Circulación a las conductoras embarazadas, es decir, normativa. Y que accesorios de seguridad existen que usados junto al cinturón de seguridad son más efectivos ante un frenazo o una colisión.

  • Educación Vial para el correcto uso de los S.R.I. : Explicaré que son, para qué sirven, quienes tienen la obligación de ir en sillitas, normativas ECE R-44/04 y R-129 o iSIZE (Homologación), cómo se clasifican, que es el Isofix, cómo afecta la modificación de la Ley de Seguridad Vial a su uso  Ley 6/2014.





















AUTOR: RICARDO ALEMÁN POLICÍA LOCAL ROQUETAS DE MAR

lunes, 16 de febrero de 2015

EDUCACIÓN VIAL PARA FAMILIAS, SISTEMAS DE RETENCIÓN INFANTIL Y EMBARAZADAS

SEMANA INTENSA

El jueves día 19, impartiré un Curso de Educación Vial para embarazadas y sobre el correcto uso de los Sistemas de Retención Infantil S.R.I.  dentro de las Charlas Matronales que organiza el Centro de Salud de Aguadulce (Roquetas de Mar). Y el día 22 de febrero, para la Escuela de Padres del Club Deportivo Judo San Fernando, organizó otro Curso de Educación Vial para padres, madres y tutores de menores sobre el correcto uso de los Sistemas de Retención Infantil. Actividades muy interesantes, ya que la primera causa de mortalidad infantil es por culpa de los siniestros de tráfico. Un 60% de los menores fallecidos se debía a un incorrecto uso y mala instalación de la sillita.

Ricardo Alemán ha organizado de forma altruista y gratuita varias Charlas-Talleres sobre Educación y Seguridad Vial para Embarazadas y Sistemas de Retención Infantil SRI. Utilizando sillones de formación para enseñar la correcta instalación de los SRI, explicando para qué sirve el Isofix y cómo se instala en el asiento. Informando de la normativa y de las modificaciones que se han aprobado con respecto a la Ley de Seguridad Vial que entró en vigor el día 9 de MAYO de 2014, además de resolver todas las dudas que surgieron.




El objetivo es concienciar a las embazadas en Educación Vial, en el uso del cinturón de seguridad que es obligatorio para ellas desde el año 2006 según el Reglamento General de Circulación y también mostrar a los futuros padres los diferentes sistemas de retención infantil, su clasificación, homologación, instalación y correcto uso para que sus hijos vayan protegidos.


AUTOR: RICARDO ALEMÁN POLICÍA LOCAL DE ROQUETAS DE MAR

miércoles, 11 de febrero de 2015

CASCO DE MOTORISTAS: HOMOLOGACIÓN, TIPOS, INFRACCIONES Y CADUCIDAD

No suelo escribir sobre temas de motociclismo porque considero que hay muchas revistas y blogs que lo hacen muy bien. A pesar de ésto, de vez en cuando abordo temas de Educación y Seguridad Vial para motoristas, ya que como profesional encargado de instruir atestados por accidentes de tráfico he visto perder la vida a más de uno por no llevar casco. En el 20% de los accidentes graves de motoristas, el casco sale despedido porque la talla o la sujeción no son las adecuadas. Los traumatismos en la cabeza son la principal causa de muerte y la lesión más frecuente en estos accidentes. Según la Dirección General de Tráfico protegiendo la cabeza con un casco adecuado, se pueden reducir un 69% las lesiones y la mortalidad un 42%.

INFRACCIONES 

No llevar casco de protección homologado o el llevarlo sin abrochar es una infracción al Reglamento General de Circulación, denuncia grave con un importe de 200 euros y perdida de tres puntos del permiso de conducción.

TIPOS DE CASCO

  • Casco Integral: es el más seguro ya que protege cara, cabeza y mandíbula.
  • Casco Modulares o Abatibles: son similares a los integrales pero la parte que protege la mandíbula se puede abrir, siendo menos seguros que los integrales. Circular con éstos abiertos, por norma general, está prohibido a no ser que pasen la homologación como integral y como Jet (habría que quitar la mentonera). En un accidente de tráfico facilitan la rápida intervención para atender al herido, ya que los servicios de urgencia tendrían un rápido acceso a la cara del herido
  • Cascos abiertos, calimeros o quitamultas: son cascos con muy poca protección (cara, nuca, orejas y mandíbula están desprotegidos) y solo se permiten llevar para ir en ciclomotores, para motocicletas están prohibidos.
  • Casco con airbag: protege la zona cervical, estabiliza el cuello durante el primer impacto y protege la parte superior de la espalda contra los golpes que se puedan producir durante posibles impactos posteriores. Su utilización disminuye el riesgo de sufrir lesiones cervicales evitando paraplejias y tetraplejias.

HOMOLOGACIÓN

Un casco homologado en la Unión Europea debe llevar una etiqueta con la letra E, un número del país donde recibe la homologación, en España es el 9, y la norma europea vigente ECE R22-05. Cuando hablamos que un producto está homologado es porque ha superado un tipo de pruebas.



¿Qué pruebas debe de pasar un casco homologado?

Todos los cascos deben superar una serie de pruebas en condiciones muy exigentes.

  • Test de climatología: calor extremo; frío extremo; salpicaduras de agua y de otros elementos)
  • Test de visera: abrasión; difusión de luz; penetración
  • Test absorción de golpes: caídas de frente sobre objeto plano y curvo.
  • Test de presión y rigidez: presión lateral y frontal
Las caídas, los materiales con los que estén fabricados, la exposición a fuentes de calor, etc. son factores que hacen que el casco deba cambiarse. Por norma general un casco va a tener un vida útil de 5 años, hay algunas marcas que indican la fecha de caducidad.

AUTOR: RICARDO ALEMÁN POLICÍA LOCAL DE ROQUETAS DE MAR


miércoles, 4 de febrero de 2015

SIGNIFICADO DE LOS SÍMBOLOS DEL CRISTAL DEL VEHÍCULO

Seguro que alguna vez os habéis preguntado qué significa los símbolos que hay en los cristales de vuestro vehículo. En este post os lo explico.


  1. Fabricante.
  2. Homologación Americana.
  3. Homologación de acuerdo con la regulación Europea EEC 43.
  4. Homologación China.
  5. Identificación del mes y año de fabricación.
  6. El número del centro muestra el año de fabricación (2009 en el ejemplo. Los puntos simbolizan el mes de producción. No existe una fecha de caducidad para los vidrios de automóvil, si estos se almacenan correctamente, no pierden su calidad.
  7. Número del país de la Unión Europea que hizo la homologación EEC. Cada país europeo tiene su propio identificador numérico.
  8. Símbolo de homologación Europea EEC.
  9. Pictogramas (Características especiales del cristal). El fabricante del coche decide si quiere agregar el pictograma al cristal, esto no es obligatorio.

RICARDO ALEMÁN POLICÍA LOCAL DE ROQUETAS DE MAR


sábado, 31 de enero de 2015

CONSEJOS PARA CONDUCIR CON VIENTO

Los fenómenos meteorológicos adversos pueden influir en 20% de los siniestros de tráfico, entre éstos el viento es uno de los más peligrosos. Conducir con viento requiere de un estado de concentración alto y de cierta destreza con el volante para no perder el control del vehículo.


Para tener una conducción más segura con viento se recomienda:

  • Comprobar la presión de los neumáticos.
  • Reducir la velocidad pero manteniendo suficiente potencia (una marcha menos de lo normal, el motor irá más revolucionado).
  • Conducir con suavidad, no hacer maniobras bruscas, contravolantear en caso de viento lateral para corregir la trayectoria.
  • Prestar atención con las zonas abiertas como por ejemplo al salir de un túnel.
  • Aumentar la distancia de seguridad y la lateral con otros vehículos, sobretodo con remolques y camiones.

AUTOR: RICARDO ALEMÁN POLICÍA LOCAL DE ROQUETAS DE MAR 

jueves, 22 de enero de 2015

SEÑAL V-20 PANEL DE CARGAS QUE SOBRESALEN DEL VEHÍCULO

V-20: PANEL PARA CARGAS QUE SOBRESALEN

Indica que la carga del vehículo sobresale posteriormente. Cuando la carga sobresalga por detrás del vehículo, debe colocarse en el extremo posterior de la carga de manera que quede constantemente perpendicular al eje del vehículo. Si sobresale longitudinalmente por toda la anchura de la parte posterior del vehículo, se colocarán transversalmente dos paneles de señalización, cada uno en un extremo de la carga o de la anchura del material que sobresalga.  Ambos paneles deberán colocarse de tal manera que formen una geometría de V invertida con franjas alternas rojas y blancas.




ITV PARA CICLOMOTORES

PLAZOS DE ITV PARA CICLOMOTORES

Los ciclomotores deben pasa la primera inspección técnica de vehículos ITV a los 3 años desde la fecha de matriculación y después cada 2 años. Circular con un vehículo que tenga la I.T.V. caducada es una infracción al Reglamento General de Vehículos, denuncia que sería para el titular del vehículo y que tiene un importe de 200€ (100€ por pronto pago).

ITV MÓVIL PARA CICLOMOTORES

La ITV móvil para ciclomotores estuvo hace unos días por Roquetas de Mar, cada dos meses viene al municipio. Según me comentaron los trabajadores habían enviado alrededor de unas 59 cartas a los titulares de ciclomotores que debían pasar la ITV habiendo ido solo 13 ciclomotores a pasarla, dato muy preocupante para de Seguridad Vial del municipio.



La ITV móvil para ciclomotores tiene varias pruebas:
  • GASES: controla la emisión de gases de CO2.
  • RUIDOS: controlan mediante un sonómetro los decibelios emitidos por el escape.

  • LUCES: se verifica el correcto funcionamiento de las luces (luz de posición, de cruce, largas, intermitentes, luz de freno y luz trasera).

  • MOTOR: en un banco de rodillos se comprueba que no haya sido trucado, la velocidad máxima  de un ciclomotor no puede ser superior a 45 Km/h.

Si la ITV es desfavorable, en caso de defectos graves,  hay un plazo de 2 meses para ir al taller y volver a pasarla.

Si la ITV es favorable hay que pegar la pegatina de la ITV o señal V-19 en un sitio bien visible, no hacerlo es una infracción al Reglamento General de Vehículos

ITV CADUCADA Y PROBLEMAS CON LOS SEGUROS

Llevo tiempo observando un aumento considerable de ciclomotores trucados, algo muy peligroso para la Seguridad Vial, los datos lo confirman sólo 13 ciclomotores del municipio fueron a pasar la ITV de 59 cartas que enviaron a titulares de ciclomotores que tenían que haberlo hecho. En el caso de que se produzca un siniestro de tráfico, que el ciclomotor tenga la ITV caducada y que pueda deberse a un fallo mecánico  la compañía aseguradora puede: 
  • Reclamar los gastos al tomador del seguro para pagar los daños a terceros.
  • Rechazar el pago de los daños propios para un seguro a todo riesgo. 

Os dejo la entrevista que me hicieron para el programa de radio Almería en la Onda.




AUTOR: RICARDO ALEMÁN POLICÍA LOCAL DE ROQUETAS DE MAR.
  

domingo, 18 de enero de 2015

CONSEJOS PARA CONDUCIR CON NIEVE

La ola de frío dificulta la circulación en las carreteras y pone en alerta a 42 provincias. Según las noticias España se prepara para la primera ola de frío del invierno con nevadas generalizadas y se ha decretado la alerta en 29 provincias por frío, nieve, viento y fuerte oleaje.

La lluvia, la nieve, la niebla o el viento están relacionados con un 20% de los siniestros mortales en la carretera. Muchos conductores ignoran que deben cambiar su forma de conducir con climatología adversa; en caso de baja adherencia o disminución de la visibilidad es evidente que deben aplicarse dos reglas básicas: reducir la velocidad y aumentar la distancia de seguridad.



Con la nieve a pesar de llevar cadenas o neumáticos de invierno, puede ser que una carretera se corte al tráfico, habrá que esperar a que se vuelva a establecer el tráfico. Siempre es recomendable llevar ropa de abrigo, mantas, el depósito lleno, un teléfono móvil y cargador por si las cosas se ponen feas. Os dejo unos consejos para conducir con nieve:

  • Tened siempre el depósito de combustible lleno de gasolina. Así, en caso de que te quedes atascado podrás usar la calefacción.
  • Tened  un juego de cadenas. Pero  hay que saber instalarlas, siempre en el eje en el que se transmite la fuerza del motor.
  • Los neumáticos de invierno son una excelente opción cuando las condiciones climáticas son complicadas.
  • Conduce más suave y evita dar volantazos, es muy sencillo derrapar.
  • Si el coche derrapa, mantén la calma y confía en el control de estabilidad de tu vehículo. Si tu coche no dispone de este elemento de seguridad, intenta mantener la trayectoria del vehículo haciendo movimientos suaves en el volante.
  • Frena con cuidado y no realices frenadas bruscas.
  • Conduce con la máxima marcha posible y hazlo a un nivel bajo de revoluciones. Procura que el coche no sufra pérdidas de tracción por exceso de fuerza.
  • Si tu coche es diésel, puedes moverlo a bajas velocidades sin apretar el acelerador. Comprobarás que empezará a moverse mejor que si aprietas el acelerador.
  • En caso de que te quedes atascado, intenta iniciar la marcha de la forma más suave posible. Es decir, sin accionar el acelerador y manteniendo en todo momento la dirección recta.

Y recordar que el mejor consejo es tened mucha precaución, si podéis evitar circular durante la ola de frió mejor.



AUTOR: RICARDO ALEMÁN POLICÍA LOCAL DE ROQUETAS DE MAR

jueves, 15 de enero de 2015

EDUCACIÓN VIAL PARA LA ASOCIACIÓN ALMERIENSE PARA EL SÍNDROME DE DOWN

En el año 2000 a través de una Beca de la Universidad de Almería y el Excmo. Ayuntamiento de Almería trabajé como Monitor de Gerontogimnasia, Gimnasia para Adultos y finalmente  como Monitor de Natación dando clases de hidroterapia para niños con discapacidades y de estimulación precoz para bebés con síndrome de down. Para mí fue una experiencia muy satisfactoria, el primer día recuerdo que Pablo no se soltó de mí en toda la clase y me arañó la espalda, pero finalmente conseguimos que fuese autónomo en el agua, pero lo que jamás se me ha olvidado es lo agradecidos que pueden llegar a ser estas personas.



Al cabo de los años me he decidido a dar el paso, tenía una cuenta pendiente con ellos y a partir de ahora voy a colaborar con La Asociación Almeriense para el Síndrome de Down (ASALSIDO) realizando Cursos y Actividades de Educación Vial para ellos. ¿Integración? ¿Inclusión? ya no sé qué se aplica en pedagogía pero voy a ponerle ganas, corazón e intentar que ellos puedan circular y pasear por la vía con autonomía, seguridad y normalidad.




AUTOR: RICARDO ALEMÁN POLICÍA LOCAL DE ROQUETAS DE MAR (ALMERÍA)

martes, 13 de enero de 2015

LUCES Y CIRCULACIÓN DURANTE EL DÍA

Las luces de conducción diurna se encienden automáticamente al arrancar el vehículo, desde febrero del año 2011 los vehículos nuevos (turismos y furgonetas) deben estar equipados con Luces de Conducción Diurna (LCD) y a partir de agosto de 2012 también los camiones y autobuses en la Unión Europea. El objetivo según la D.G.T. es hacer más visible al vehículo al resto de conductores. Las luces de conducción diurna se encienden automáticamente al arracar el vehículo.


Como el parque móvil español es anticuado la D.G.T. recomienda a los conductores de vehículos que no tengan luces diurnas que circulen con las luces de cruce. Según fuentes de la D.G.T. llevar encendidas las luces de cruce puede reducir en un 10% los fallecidos en accidentes múltiples diurnos en invierno.


Un acto tan sencillo como es encender la luz de cruce:
  • Incrementa el contraste visual entre vehículos y su entorno. Con las luces encendidas, un vehículo oscuro es visto a 170 metros antes que otro que no lleva luces.
  • Aumenta la distancia de detección, lo que permite a los conductores que lleven las luces encendidas o los LCD, mayores márgenes de seguridad en los adelantamientos.
  • Mejora la identificación de los vehículos y las estimaciones sobre la velocidad. Los vehículos con luces encendidas se estiman más cercanos que los que no llevan luces.
Deberán llevar encendida durante el día la luz de corto alcance:
  • Las motocicletas que circulen por cualquier vía.
  • Todos los vehículos que circulen por un carril reversible.
  • Todos los vehículos que circulen por un carril adicional.
  • Todos los vehículos que circulen por un carril habilitado para circular en sentido contrario al normalmente utilizado en la calzada donde se encuentre situado y los que circulen por un carril que les esté exclusivamente reservado o bien abierto excepcionalmente a la circulación en dicho sentido.
  • Los conductores de los vehículos que circulen por carriles destinados al sentido normal de circulación, contiguos al habilitado para circulación en sentido contrario al habitual.

AUTOR: RICARDO ALEMÁN POLICÍA LOCAL DE ROQUETAS DE MAR (ALMERÍA)

sábado, 3 de enero de 2015

CONDICIONES BÁSICAS DE EMISIÓN Y USO DE LA TARJETA DE ESTACIONAMIENTO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD

El Real Decreto 1056/2014, de 12 de diciembre, por el que se regulan las condiciones básicas de emisión y uso de la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad ha conseguido, entre otras cosas, regular mejor la señalización vertical de los estacionamientos reservados para personas con discapacidad. Hasta ahora, los agentes encargados del tráfico hemos tenido muchos problemas por una incorrecta señalización, muchos estacionamientos tenían el Símbolo Internacional de Accesibilidad, no pudiendo denunciar a los vehículos estacionados en los mismos por no estar recogido en el Anexo I del Reglamento General de Circulación. Por el contrario si podíamos actuar, denunciando y retirando al depósito municipal los vehículos que estuviesen estacionados en aquellas plazas reservadas para personas con movilidad reducida que tuviesen señalización vertical  R-308 (estacionamiento prohibido) o S-17 (señal de estacionamiento que implica la reserva de ese estacionamiento para ese grupo de personas excluyendo a los demás). Es el artículo 7.a el que dice que: La plaza deberá señalizarse con el símbolo internacional de accesibilidad



Las administraciones públicas competentes dispondrán de un plazo de un año para  adaptar sus normas a las previsiones de este real decreto, desde la fecha de su entrada en vigor


Artículo 6. Condiciones de uso.

1. La tarjeta de estacionamiento expedida a favor y en beneficio de una persona a título particular para su utilización en los vehículos que use para sus desplazamientos será personal e intransferible y utilizada únicamente cuando la persona titular conduzca un vehículo o sea transportada en él.

2. La tarjeta de estacionamiento expedida a favor de persona física o jurídica a que se refiere el artículo 3 será personal e intransferible, estará vinculada a un número de matrícula de vehículo destinado exclusivamente al transporte colectivo de personas con movilidad reducida y será eficaz únicamente cuando el vehículo transporte de forma efectiva a personas que se encuentren en alguna de las situaciones a que se refiere el artículo 3.1.

3. El uso de la tarjeta de estacionamiento está subordinado a que su titular mantenga los requisitos exigidos para su otorgamiento.

4. Las condiciones de uso o los derechos regulados en normas autonómicas o locales, que sean más favorables o beneficiosos que los previstos en este real decreto para las personas con discapacidad que presentan movilidad reducida, serán, en todo caso, de aplicación.

Artículo 7. Derechos de los titulares y limitaciones de uso.

1. Los titulares de la tarjeta de estacionamiento tendrán los siguientes derechos en todo el territorio nacional siempre y cuando exhiban de forma visible la tarjeta en el interior del vehículo:

a) Reserva de plaza de aparcamiento, previa la oportuna solicitud a la administración correspondiente y justificación de la necesidad de acuerdo con las condiciones que establezcan las administraciones autonómica o local, en lugar próximo al domicilio o puesto de trabajo. La plaza deberá señalizarse con el símbolo internacional de accesibilidad.

b) Estacionamiento en los lugares habilitados para las personas con discapacidad.

c) Estacionamiento en las zonas de aparcamiento de tiempo limitado durante el tiempo necesario, sin perjuicio de lo previsto en la disposición transitoria tercera.

d) Parada o estacionamiento en las zonas reservadas para carga y descarga, en los términos establecidos por la administración local, siempre que no se ocasionen perjuicios a los peatones o al tráfico.

e) Parada en cualquier lugar de la vía, por motivos justificados y por el tiempo indispensable, siempre que no se ocasionen perjuicios a los peatones o al tráfico y de acuerdo con las instrucciones de los agentes de la autoridad.

f) Acceso a vías, áreas o espacios urbanos con circulación restringida a residentes siempre que el destino se encuentre en el interior de esa zona.

2. La posesión de la tarjeta de estacionamiento en ningún caso supondrá autorización para estacionar en zonas peatonales, en pasos peatonales, en los lugares y supuestos en que esté prohibido parar, lugares que obstruyan vados o salidas de emergencia, zonas acotadas por razones de seguridad pública y espacios que reduzcan carriles de circulación.

Artículo 8. Obligaciones de los titulares.

1. El titular de la tarjeta de estacionamiento está obligado a:

a) La correcta utilización de la misma, conforme a las condiciones de uso previstas en el artículo 6.

b) Colocar la tarjeta de estacionamiento en el salpicadero del vehículo o adherirla al parabrisas delantero por el interior, siempre con el documento original, de forma que resulte claramente visible y legible desde el exterior.

c) Identificarse cuando así se lo requiera un agente de la autoridad, acreditando su identidad con el Documento Nacional de Identidad, Número de Identificación Fiscal, tarjeta de residencia o cualquier otro documento oficial identificativo, sin el cual no podrá hacer uso de la tarjeta de estacionamiento. Los menores de 14 años podrán acreditar su identidad mediante la exhibición del documento de reconocimiento de grado de discapacidad.

d) Colaborar con los agentes de la autoridad para evitar, en el mayor grado posible, los problemas de tráfico que pudieran ocasionar al ejercitar los derechos que les confiere la utilización de la tarjeta de estacionamiento.

e) Devolver la tarjeta de estacionamiento caducada en el momento de la renovación o al término de su vigencia.

2. El incumplimiento de estas obligaciones podrá dar lugar a la cancelación de la tarjeta de estacionamiento o a su retirada temporal, sin perjuicio de las sanciones previstas por el ordenamiento jurídico.
Asimismo, la utilización fraudulenta de la tarjeta de estacionamiento, tanto por personas físicas como por personas jurídicas, dará lugar a su cancelación, sin perjuicio de las sanciones previstas por el ordenamiento jurídico.

AUTOR. RICARDO ALEMÁN POLICÍA LOCAL DE ROQUETAS DE MAR (ALMERÍA).