ALUMBRADO es obligatorio llevarlo cuando se circule:
- De Noche
- Pasos Inferiores
- Túneles
- PARTE DELANTERA: Luz de posición de color BLANCO
- PARTE TRASERA: Luz de posición de color ROJO y un CATADIÓPTRICO no triangular de color ROJO.
La BICICLETA deberá llevar el alumbrado obligatorio cuando se den las circunstancias descritas anteriormente y además el ciclista deberá llevar una PRENDA REFLECTANTE sin circula por Vías Interurbanas.
CASCO uso Obligatorio para ciclistas que circulen por Vías Interurbanas
MÓVILES Y EQUIPOS DE MÚSICA está prohibido conducir y usar auriculares conectados a receptores o reproductores así como el uso del teléfono móvil.
PASAJEROS solo se permite 1 pasajero en asiento homologado, si al ciclista es mayor de edad y el pasajero menor de 7 años. Los remolques o semirremolques no están permitidos (Art.22 apartado 6 Reglamento General de Vehículos).
AUTOR: RICARDO ALEMÁN POLICÍA LOCAL DE ROQUETAS DE MAR (ALMERÍA)
http://www.circulaseguro.com/instituciones-y-normativa/normativa-sobre-el-uso-de-remolques-para-bicicletas
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